Prescripción como título de propiedad

Prescripción como título de propiedad

Lo que comúnmente la gente llama “tengo una prescripción de una propiedad” no es otra cosa, que una sentencia definitiva y que no se puede impugnar, misma que ha sido emitida por un Juez de un Tribunal en materia de derecho civil, y que sirve como un título de propiedad;

 

Por lo regular en dicha sentencia aparece una línea escrita que dice: “…sirva la presente sentencia como titulo de propiedad a favor de…” ; esto tiene su origen en que las personas que promueven la prescripción, previamente han adquirido la propiedad del bien inmueble de buena fe.     

 

Lo que quiero decirte es que con anterioridad a promover el juicio ya tenían  un contrato privado de compraventa, de donación, de cesión de derechos o cualquier otro mediante el cual se transmitió la propiedad del bien inmueble por quién legítimamente tenía el derecho de hacerlo, y entonces la persona que promueve ha tenido la posesión del mismo con el carácter de propietario.

 

Existen más requisitos a reunir, como por ejemplo:  que la posesión debe de ser de forma pacífica (sin mediar violencia), de forma pública (que les conste a los vecinos cuando menos) y de forma continua (ininterrumpidamente, es decir, jamás perdió la posesión) por un lapso de cinco años,  cuando menos.   Recuerda la posesión debe ser de buena fé.

 

Una vez reuniendo los requisitos hay que acudir antes que nada a que te asesore un Abogado eficiente y honesto, ya que la consultoría jurídica es fundamental, para que a través de él, pueda realizar y recopilar los documentos necesarios que serán presentados ante un Juez y demandar a quien aparece como propietario ante la oficina del Registro Público de la Propiedad.   ¡Regulariza tu propiedad! Haz esa cita que estás planeando y no lo dejes para mañana.  Haz que suceda lo más pronto posible.

 

Recuerda tener a la mano antes de acudir con tu abogado de confianza:   tu identificación oficial,  el contrato que sirvió para la adquisición del inmueble, que te acuerdes muy bien de  describir con precisión y detalle los hechos de cómo se obtuviste la posesión del inmueble; y acompañar a la demanda:

1) Certificado de inscripción del Registro Público de la Propiedad en el que se indique a nombre de quién aparece la propiedad de ese inmueble;

2) Deslinde catastral en el que se describa la ubicación y medidas del inmueble;

3) Constancia de catastro que indique que los datos de registro de esa dependencia son coincidentes con los que obran en la oficina de Registro Público de la Propiedad;

4) todas las pruebas documentales, testigos, informes de autoridad que puedan ayudar a convencer al Juez que se tiene derecho a obtener el título de propiedad del inmueble a través del juicio de prescripción.

 

Luego, una vez realizado el juicio, la parte final que es la  sentencia que emita el Juez, otorgará el reconocimiento judicial que hace las veces de un título de propiedad.  Dicha sentencia, el Juez ordena que sea inscriba ante la oficina del Registro Público de la Propiedad, previo pago de los impuestos, para darle publicidad a la enajenación por prescripción adquisitiva o usucapión.   Ahora tienes tu título de propiedad.

 

Es frecuente escuchar en el medio inmobiliario que existen personas que “se meten” a las casas vacías, quizás pensando que no tienen dueño, sin embargo, lo que están cometiendo en realidad es el delito de DESPOJO, el cual está tipificado en el Código Penal de Baja California en el artículo 226 que señalo en estos momentos:

“Artículo 226. Tipo y punibilidad.- Se aplicará de uno a seis años de prisión y hasta doscientos días multa:  

 I.- Al que de propia autoridad y haciendo uso de violencia o furtivamente, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca;

 II.- Al que de propia autoridad y haciendo uso de los medios indicados en la fracción anterior, ocupe un inmueble de su propiedad en los casos en los que la Ley no lo permite por hallarse en poder de otra persona, o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante; … La comisión de este delito se perseguirá de oficio por la Representación Social.”

 

Recuerda que Cofe Tu asesor integral, S.C.  cuenta con el respaldo de la firma legal LAVRÉ integrada por abogados eficientes profesionales y honestos que podrán ayudarte con tu prescripción adquisitiva.   AIRO Bienes Raíces nuestra marca inmobiliaria especializada te brindará la asesoría inmobiliaria que necesites en tu proceso de adquisición de vivienda.  Somos Certeza que trasciende.


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